Patrimoni Protegit

La constitución de un Patrimonio Protegido en beneficio de una persona con discapacidad superior al 33% entendemos desde nuestra asociación que se contempló con la finalidad de que nuestros hijos con discapacidad estuvieran más favorecidos económicamente en un futuro y para incentivar a los familiares a este esfuerzo económico se les otorga una reducción fiscal por la constitución y sucesivas aportaciones. al Patrimonio Protegido en favor de un familiar con discapacidad.  

La Ley 41/2003 regula los patrimonios protegidos de las personas con discapacidad que deberán constituirse en documento público, es decir , ante notario. 


  Cualquier duda que sepas que disponemos de expertos juristas especialistas en patrimonio protegido que colaboran con nuestra entidad consulta: familiaamic@gmail.com


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